En la presente sección incluimos las principales normas y reglamentos aplicables al desarrollo de la actividad de los Centros de Diagnóstico Automotor, CDA, para el desarrollo de la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes. De manera destacada, es importante mencionar que los procesos desarrollados en estos organismos de inspección se encuentra reglamentado por el Ministerio de Transporte y por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.


Es de mencionar que los CDA son organismos de inspección que requieren acreditación por parte del Organismo Nacional de Acreditación ONAC para su funcionamiento, en este sentido los Centros de Diagnóstico Automotor deben cumplir las Normas Técnicas Colombianas que en la materia hayan sido adoptadas por las diferentes entidades del estado como mecanismo para la normalización y estandarización de estos procesos en Colombia.


Así las cosas, la normatividad aplicable a los CDA puede tener distintos orígenes, pues estas organizaciones deben cumplir cabalmente todos los requisitos inherentes a su actividad económica, por ejemplo, en materia de competencia, se seguirán las disposiciones del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, en lo referente a transporte, será el Ministerio de Transporte quien regule lo pertinente, mientras que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible será el rector en lo referente a su competencia.


La presente sección de nuestra página web no pretende ser un portafolio exhaustivo y minucioso, sino más bien, una guía rápida de apoyo.


Ley 769 de 2002. Código Nacional de Tránsito Terrestre.

 

 Capítulo VIII. Revisión Técnico Mecánica.

Por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad

 

 

Ley 1383 de 2010. Reforma Ley 769 Código Nacional de Tránsito.

 

 Artículo 51. Revisión periódica de los vehículos. Todos los vehículos automotores, deben someterse anualmente a revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes. Los vehículos de servicio particular, se someterán a dicha revisión cada dos (2) años durante sus primeros seis (6) años contados a partir de la fecha de su matrícula; las motocicletas lo harán anualmente. 

 

 

Decreto 019 de 2012.

 

 Capítulo XV. Trámites, procedimientos y Regulaciones del sector Administrativo de Transporte. 

 

 

Ley 1702 de 2013. Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

 

 Artículo 1°. Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Créase la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), entidad descentralizada, del orden nacional, que forma parte de la Rama Ejecutiva, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Transporte.

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Determinación de tarifas por servicios que presten los organismos de apoyo. El Ministerio de Transporte definirá mediante resolución, en un plazo no mayor a noventa (90) días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las condiciones, características de seguridad y el rango de precios al usuario dentro del cual se deben ofrecer los servicios que prestan los Centros de Enseñanza Automovilística, los de Reconocimiento y Evaluación de Conductores, los de Diagnóstico Automotor, y los que realicen la prueba teórico práctica para la obtención de licencias de conducción expresado en salarios mínimos diarios vigentes. Se efectuará un estudio de costos directos e indirectos considerando las particularidades, infraestructura y requerimientos de cada servicio para la fijación de la tarifa. 

 

 

Decreto 948 de 1995.

 

 Artículo 1º.- Contenido y Objeto. El presente Decreto contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire, de alcance general y aplicable en todo el territorio nacional, mediante el cual se establecen las normas y principios generales para la protección atmosférica, los mecanismos de prevención, control y atención de episodios por contaminación del aire generada por fuentes contaminantes fijas y móviles, las directrices y competencias para la fijación de las normas de calidad del aire o niveles de inmisión, las normas básicas para la fijación de los estándares de emisión y descarga de contaminantes a la atmósfera, las de emisión de ruido y olores ofensivos, se regulan el otorgamiento de permisos de emisión, los instrumentos y medios de control y vigilancia, el régimen de sanciones por la comisión de infracciones y la participación ciudadana en el control de la contaminación atmosférica. 

 

 

Decreto 2107 de 1995 modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995 que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire.

 

Decreto 1228 de 1997 modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995 que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire.

 

Decreto 1552 de 2000. Modificación decreto 948 de 1995. Lineamientos de emisiones contaminantes.

 

Circular Ministerio de Transporte 2016400337501 de 2016.

 

 Medidas a adoptar en materia de tránsito cuando se presenta la infracción denominada "llantas lisas". 

 

 

Circular Ministerio de Transporte 20164000481461 de 2016.

 

 Todos los vehículos que circulan por el territorio nacional están obligados a realizar la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes, máxime los de servicio público, lo cual es preciso que sea atendido en los tiempos establecidos, esto de acuerdo con los señalado por el Decreto Ley 019 de 2012

 

 

Circular Ministerio de Transporte 20172100035361 de 2017.

 

 Implementación de la Resolución 160 de 2017 – registro y circulación de Ciclomotores. 

 

 

Circular Ministerio de Transporte 20174000233451 de 2017.

 

 Aplicación de la Resolución 160 de 2017. 

 

 

Circular 62 de la Superintendencia de Puertos y Transporte de agosto de 2016.

 

 Se establece el procedimiento que deberán cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para el registro de las tarifas del servicio (Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes RTM y EC). 

 

 

Resolución del Ministerio de Transporte número 2181 de 2009.

 

 Por medio de la cual se establecen las características y especificaciones técnicas delos vehículos clase motocarro y se dictan otras disposiciones. Todos los motocarros deben tener configuración original de fábrica para el tránsito por el lado derecho de la vía y contar con los elementos, características y dispositivos señalados. 

 

 

Resolución del Ministerio de Transporte número 5111 de 2011.

 

 La presente Resolución tiene por objeto establecer las características del Formato Uniforme de Resultados y el Certificado de la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes, que serán utilizados por los Centros de Diagnóstico Automotor para la Revisión Técnico Mecánica de los vehículos automotores en todo el Territorio Nacional. 

 

 

Resolución del Ministerio de Transporte número 1156 de 2014.

 

 Resolución por medio de la cual se Autoriza a los Centros de Diagnóstico Automotor habilitados por el Ministerio de Transporte en la Clase "B" y "D", para que a partir de la expedición de la presente resolución, lleven a cabo la revisión técnico mecánica de vehículos tipo motocarro. 

 

 

Resolución del Ministerio de Transporte número 0160 de 2017.

 

 La Resolución tiene por objeto Determinar las condiciones para llevar a cabo el registro de los vehículos automotores de tipo ciclomotor, triciclo, y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, ante los organismos de tránsito del país, así como reglamentar la revisión técnico mecánica ante los centros de diagnóstico automotor y las condiciones para su circulación. 

 

 

Resolución del Ministerio de Transporte número 3246 de 2018.

 

 La Resolución tiene por objeto reglamentar la instalación y uso obligatorio de cintas retrorreflexivas en vehículos automotores tipo: bus (abierto, chiva, o escalera y cerrado), buseta (abierto, chiva o escalera y cerrado),microbús, camión, camioneta (panel, van, estacas y furgón), tractocamión (Camión tractor), volqueta, así como en los remolques y semirremolques con un peso bruto vehicular superior a 0.75 toneladas, que transiten por las vías públicas o privadas. 

 

 

Resolución del Ministerio de Ambiente número 0601 de 2006.

 

 La presente resolución establece la norma de calidad del aire o nivel de inmisión, con el propósito de garantizar un ambiente sano y minimizar los riesgos sobre la salud humana que puedan ser causados por la concentración de contaminantes en el aire ambiente.